A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Herrera Aya Luz Marina·Demandado Hospital Departamental De Villavicencio Ese
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Administrativo de Villavicencio, Meta y el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia se enmarca en la demanda presentada por una ciudadana en contra el Hospital Departamental de Villavicencio ESE, con el propósito de que se declarare la existencia de una relación laboral encubierta en contratos de prestación de servicios.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 492/21 mediante el cual se estableció la competencia en la jurisdicción de lo contencioso administrativo para conocer de los procesos promovidos para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.
Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Segundo Administrativo de Villavicencio, Meta, para que proceda con lo de su competencia y les comunique esta decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Segundo. Administrativo de Villavicencio, Meta es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por Luz Marina Herrera Aya en contra del Hospital Departamental de Villavicencio ESE.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3316 al Juzgado
- Segundo. Administrativo de Villavicencio, Meta para que proceda con lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de la misma ciudad y a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.